Itaipu Binacional: Excedente de energía

Para que nuestro país pueda vender libremente ese excedente de energía al Brasil o a terceros países, antes se debería modificar binacionalmente dicho artículo del Tratado que impide su libre disponibilidad.

Por Ricardo Rodriguez Silvero Publicado el 18/04/2022 13:12

Para abordar este tema es conveniente tener en cuenta lo siguiente: a) El excedente de energía en la Itaipú Binacional (IB), al que tiene derecho Paraguay pero no lo utiliza, es “cedido” a Brasil (“cesión de energía”); b) el crecimiento de la demanda interna de energía en Paraguay va reduciendo el así denominado excedente de energía al que nuestro país tiene derecho; c) Simulaciones practicadas por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), copropietaria de la IB, estimaron que en unos 10 años, más o menos, la demanda interna de energía en Paraguay habrá absorbido ya todo dicho excedente; d) la libre disponibilidad de dicho excedente para su venta al Brasil no está permitida por el Tratado. Una vez modificado éste, dicha venta libre podrá ser realizada tanto a Brasil como a otro mercado cercano a la usina hidroeléctrica.

CESIÓN DE ENERGÍA. Así como lo establece el Tratado de la IB en el artículo XIII, nuestro país no podrá vender libremente su energía excedente ni a Brasil ni a terceros mercados. Por otro lado, puede ocurrir que la demanda interna de energía en nuestro país vaya aumentando rápidamente y que por consiguiente ese excedente en la IB, no utilizado localmente, vaya disminuyendo considerablemente ya en los próximos años.

VENTA LIBRE DE ENERGÍA. Para que nuestro país pueda vender libremente ese excedente de energía al Brasil o a terceros países, antes se debería modificar binacionalmente dicho artículo del Tratado que impide su libre disponibilidad. Esa estrategia de venta libre debería por lo tanto ser precedida por la renegociación binacional del Tratado.

PRECIO DE VENTA FINAL Y BUROCRACIA. No obstante, hay que pensar bien lo de la venta libre, porque esa opción podría volverse una quimera si el precio final del excedente no utilizado por Paraguay no resulte competitivo en destino. Pero no es sólo una cuestión de precios. Los pasos formales a dar en Brasil son numerosos, onerosos y engorrosos. Si eso ocurre con Brasil, los obstáculos para su venta libre a un tercer mercado serían similares o aún peores.

MANTENER CESIÓN Y PERMITIR VENTA LIBRE. Por eso mismo y previendo todas las eventualidades, sería sensato en dicho interregno, si nuestro país sigue no utilizando totalmente su excedente de energía, mantener deliberadamente en el nuevo acuerdo binacional tanto la posibilidad de venderlo libremente como la de seguir “cediéndoselo” a Brasil. Ergo, modificándose el Tratado favorablemente, el desiderátum debería ser que nuestro país pueda hacer ambas cosas: “ceder” y vender libremente su excedente no utilizado de energía.

MODIFICACIÓN DEL TRATADO TOMARÁ TIEMPO. Tampoco podemos excluir la posibilidad de que lleguen tarde la modificación binacional del Tratado, la obtención de un precio de mercado favorable y la superación de la burocracia formal en los últimos eslabones de pasos a dar en destino. Tal vez para entonces Paraguay ya haya utilizado internamente todo el excedente de energía que le sobraba anteriormente. No obstante, este chasco habrá calmado la idea fija de algunos estrategas de vender sí o sí ese excedente al exterior sin diferenciar debidamente las dificultades ad hoc.

GRUPOS DE TRABAJO DIJERON CÓMO. Sendos Grupos de Trabajo fueron establecidos legalmente entre fines de 2019 y comienzos de 2020 con el fin de elaborar estrategias de revisión y negociación de los documentos oficiales de Itaipú (el Tratado, los Anexos A, B y C así como las Notas Reversales). Primero trabajaron separadamente en las áreas Jurídica, Técnica, Económica y Comercial para terminar posteriormente en sendos informes sobre las diversas estrategias a seguir. Las propuestas para el Gobierno Nacional concluyeron a fines de 2020. En diciembre de ese año se entregó un Informe Oficial al Palacio y en enero de 2021 una versión completa a la Cancillería Nacional para su divulgación. Los Informes llevan por nombre “Asuntos Prioritarios Preliminares” y “Directrices, Objetivos y Estrategias”. Tienen varias fechas. Hay que utilizar respectivamente la última en cada caso.

 


Dr. Ricardo Rodríguez Silvero

 

Asunción, 17 de abril de 2022

 

 

 

Fuente: Diario Ultima Hora